martes, 1 de febrero de 2022

¿Qué dice la Iglesia sobre la cremación de nuestros seres queridos o la donación de órganos?

 ¿Es una falta al cuidado de la integridad del cuerpo humano? ¿Es un acto de amor? Estas son algunas de las preguntas más frecuentes entre los fieles católicos.

 Existen muchas ideas entorno a este tema, particularmente al pensar en el fin de los tiempos en el que resucitemos y lo que pasará en ese momento.

 Pueden parecer temas muy complejos, ya que durante mucho tiempo la Iglesia se negaba a la cremación y la donación de órganos, entiendo los avances de la medicina y la reflexión teológica de la época.

 Desde 1963 la iglesia ha permitido la cremación y desde principios de 1997 ha permitido una liturgia fúnebre en presencia de restos incinerados. Incluso con estas opciones la iglesia ha enfatizado siempre la importancia de enterrar los restos de los fieles, ya sea el cuerpo o las cenizas.

 Por lo tanto, la Congregación para la Doctrina de la Fe ha considerado oportuno la publicación de una nueva Instrucción, con la intención de subrayar o de volver a hacer hincapié en las razones doctrinales y pastorales que hay para preferir un entierro de los restos de los fieles y de establecer normas para la conservación de los restos incinerados.

 La Instrucción señala que “si por razones legítimas se opta por la cremación del cadáver, las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin... Desde el principio, los cristianos han deseado que sus difuntos se conviertan en objeto de oraciones y recuerdo por parte de la comunidad cristiana.

 Cuando razones de tipo higiénicas, económicas o sociales lleven a optar por la cremación, ésta no debe ser contraria a la voluntad expresa o razonablemente presunta del fiel difunto, la Iglesia no ve razones doctrinales para evitar esta práctica, ya que la cremación del cadáver no toca el alma y no impide a la omnipotencia divina resucitar el cuerpo y por lo tanto no contiene la negación objetiva de la doctrina cristiana sobre la inmortalidad del alma y la resurrección del cuerpo.

 La Iglesia sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos, porque con ella se demuestra un mayor aprecio por los difuntos; sin embargo, la cremación no está prohibida, «a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana».

 En ausencia de razones contrarias a la doctrina cristiana, la Iglesia, después de la celebración de las exequias, acompaña la cremación con especiales indicaciones litúrgicas y pastorales, teniendo un cuidado particular para evitar cualquier tipo de escándalo o indiferencia religiosa.

 Por las razones mencionadas anteriormente, no está permitida la conservación de las cenizas en el hogar. Sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local, el Ordinario, de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos de las Iglesias Orientales, puede conceder el permiso para conservar las cenizas en el hogar. Las cenizas, sin embargo, no pueden ser divididas entre los diferentes núcleos familiares y se les debe asegurar respeto y condiciones adecuadas de conservación[1].

 Existen muchas ideas que giran sobre este tema, que se cruzan con ideologías, filosofías y otras creencias que pueden congestionar nuestra experiencia de fe, por lo que debemos tener cuidado en cómo se planteará nuestros restos al final de esta vida.

 Esto abre la posibilidad a la donación de órganos, teniendo una gran cantidad de limitaciones o condiciones desde la medicina, el derecho y en algunos casos de orden psicológico, ante los cuales la Iglesia debe saber acompañar de forma adecuada.

 La Iglesia católica permite la donación de órganos, dado que el trasplante de órganos es conforme a la ley moral si los daños y riesgos físicos y psíquicos que pudiese padecer el donante son proporcionados al bien que se busca para el destinatario[2]. Los trasplantes son una gran conquista de la ciencia al servicio del hombre y no son pocos los que en nuestros días sobreviven gracias al trasplante de un órgano.

 La donación de órganos y el magisterio de la iglesia. La técnica de los trasplantes es un instrumento cada vez más apto para alcanzar la primera finalidad de la medicina: el servicio a la vida humana. Sin embargo, nos encontramos frente a una sociedad, quizás egoísta, que no siempre busca un significado integral de la donación de órganos. Por lo que prevalece una actitud negativa a esta práctica, trayendo diversos problemas a la sociedad, sobre todo a quienes lo necesitan, como por ejemplo, tratamientos altamente costosos para mantener la vida de los pacientes y ha nacido el crimen del siglo XXI: El tráfico de órganos, que viola la dignidad humana.

 La solución a estos problemas contemporáneos es mucho más simple de lo que creemos… Es correcto señalar, como expresa San Juan Pablo II, en su discurso con ocasión al XVIII congreso internacional de la sociedad de trasplantes: “La decisión de ofrecer, sin ninguna recompensa, una parte del propio cuerpo para la salud y el bienestar de otra persona”; pasa entonces por una decisión de amor al prójimo. Dar la vida por la persona amada. Esta es la manifestación del grado más elevado de amor, tal como Jesús lo hizo con nosotros en la cruz. Es así como existe el heroísmo cotidiano, hechos de pequeños o grandes gestos de solidaridad que alimentan una auténtica cultura de vida.

 Es muy importante poner en práctica nuestros valores cristianos, como lo hacen miles de personas en todo el mundo que donan sus órganos a sus familiares y también a desconocidos, rompiendo las barreras del egoísmo, pues el donar no es simplemente dar una parte de nuestro cuerpo, sino que estamos dando algo que nos pertenece a nosotros mismos: “En virtud de su unión sustancial con un alma espiritual, el cuerpo humano no puede ser reducido a un complejo de tejidos, órganos y funciones, (…) ya que es parte constitutiva de una persona, que a través de él se expresa y se manifiesta”[1]

 Las condiciones para que pueda darse una donación de forma adecuada, si es en vida, deben evaluarse los riesgos que existen de parte del donante y no poner en riesgo su vida, evaluando la efectividad del receptor para realizar dicho procedimiento médico, de lo contrario puede ser contradictorio y peligroso contra ambos, exponiéndose a una objeción que no garantiza el fin que se busca, por lo que los avances en medicina deben aprovecharse para comprender todas las implicaciones y consecuencias que se deriven. Generalmente la idoneidad para la donación es de Madre a hijos y viceversa, al compartir los genes de forma directa, en segundo lugar se da de padre a hijos, en esa línea posterior entre hermanos, aunque puedan darse casos de que el donante no tenga parentesco directo, disminuye la efectividad de la recepción del órgano.

 Cuando se realice la donación de una persona que ya no esté viva, las condiciones pueden ser mucho más complicadas, desde el punto de vista médico, ya que las causas de muerte pueden condicionar dicho procedimiento, ya que algunas enfermedades no terminan con la muerte de quien la padeció y pondría en peligro a quien reciba dicho órgano, por lo que debe ser evaluado por el personal de salud la viabilidad de dicho procedimiento, evitando generar una enfermedad distinta a la que se quiere remediar, complicando el receptor su recuperación y las consecuencias que deriven de este proceder.

 Por lo que deben conocerse bien todas las situaciones posibles, tanto en la medicina, como en el aspecto legal o psicológico, ya que pueden generarse apegos a los restos de nuestros familiares que han muerto y generar controversias en lo familiar y en la afectividad.

 Es importante hablar de estos temas cuando no hay una situación que pueda influir sobre nuestros criterios, es decir, cuando no haya una causa inminente de muerte, expresando nuestra opinión y deseo en caso de ser necesario toma una decisión llegado el momento, si caer en posturas fatalistas pero que den tranquilidad y orden a quienes se encargaran de nuestro final. 

CEO

Fragmento curso Bioética Católica 2021



[1] Instrucción Ad resurgendum cum Christo acerca de la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación, 15 de agosto de 2016.

https://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_con_cfaith_doc_20160815_ad-resurgendum-cum-christo_sp.html

[2] La donación de órganos después de la muerte es un acto noble y meritorio, que debe ser alentado como manifestación de solidaridad generosa. Es moralmente inadmisible si el donante o sus legítimos representantes no han dado su explícito consentimiento. Además, no se puede admitir moralmente la mutilación que deja inválido, o provocar directamente la muerte, aunque se haga para retrasar la muerte de otras personas.